Emprendedores

Oportunidad n.° 7: Participación en las ganancias

Escrito el 28/02/2026

Cada día, una pregunta crucial.
Una respuesta clara y concreta cada día.

Extracto del libro “50 respuestas a nuestros emprendedores”, escrito por François Cattin, fundador del Grupo Les Experts Unis.
El libro fue completamente actualizado y reescrito el pasado mes de septiembre.

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Se trata aquí de un reparto de utilidades de carácter legal, es decir, con un acuerdo de reparto de utilidades presentado ante las autoridades gubernamentales.

Y no un bono pactado entre empleados y jefe, incluso para lograr un objetivo común, que será tratado y gravado como un salario regular.

Cómo define el gobierno la participación en las ganancias:

"La participación en las ganancias es un plan de ahorro para empleados que permite que los empleados reciban una bono proporcional a los resultados o desempeño de su empresaEstos resultados se evalúan a nivel general de la empresa o dentro de uno de sus establecimientos o unidad de trabajo.

Atención: Las bonificaciones pagadas como parte de la participación en las utilidades no podrán en ningún caso sustituir ningún elemento de la remuneración.

El objetivo es Involucrar a los empleados en los objetivos y resultados de la empresa.

En la práctica, la participación en las utilidades se realiza en la empresa mediante acuerdo entre la empresa y los trabajadores o sus representantes o por decisión unilateral del empleador.

El acuerdo o decisión unilateral especifica, en particular, el método de cálculo de la participación en las ganancias y las reglas para su distribución entre los trabajadores.

El documento que establece el régimen de participación en las utilidades permanece vigente durante el período señalado, aun cuando se sustituyan los representantes de los trabajadores.

No se pagan cotizaciones a la seguridad social para empresas con menos de 250 empleados. Sin embargo, se aplican cotizaciones CSG/CRDS.

El empleado puede optar por recibir la bonificación inmediatamente, en cuyo caso está sujeta a impuestos, o invertirla en un plan de ahorro para empleados (PEE o PER colectivo) para beneficiarse de una exención del impuesto sobre la renta. El primer caso sigue sujeto a cotizaciones a la seguridad social.

La empresa puede establecer un sistema de contribuciones equivalentes que permite al empleado realizar contribuciones adicionales a un plan de ahorro para la jubilación con un "bono" (contribución equivalente) de la empresa que tampoco estará sujeto a impuestos.

 

Consejos de expertos:

Aconsejar a nuestros amigos banqueros que implementen un esquema de participación en las ganancias es el primer reflejo tan pronto como una empresa comienza a ganar dinero.

La participación en las ganancias ofrece muchas ventajas. Sin embargo, no deben pasarse por alto algunas limitaciones:

En una empresa muy pequeña, afectará a todos los empleados, incluso a los menos eficientes, incluidos los aprendices.

El efecto motivacional y, sobre todo, fidelizador aún está por demostrar.

La participación en las utilidades no se computa en los ingresos a efectos de concesión de préstamos.

La distribución de la participación en las utilidades entre los trabajadores en función de su remuneración y/o de su tiempo dedicado al trabajo… es siempre un tema muy delicado.

Sin embargo, la participación en las ganancias se aplica al gerente (si hay menos de 250 empleados).

El incentivo puede ser especialmente atractivo si el trabajo se realiza en familia.

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